Abren posibilidad para recuperar fondos de INFONAVIT

Abren posibilidad para recuperar fondos de INFONAVIT

En días previos, la SCJN emitió una jurisprudencia de la que se desprende la posibilidad de poder obtener la devolución de los fondos acumulados en la cuenta de vivienda por parte del INFONAVIT, mismos que fueron transferidos a la Tesorería de la Federación para el pago de pensiones, no obstante el trabajador ya hubiera consentido con la norma, al no haberla combatido cuando se le otorgó la pensión correspondiente por parte del IMSS o cuando eligió el régimen de pensión conforme a la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997. Nos ponemos a sus órdenes para, en caso de ser de su interés, poder diseñar la estrategia de defensa a fin de lograr la devolución de las cantidades acumuladas en la cuenta del INFONAVIT y que de forma violatoria de garantías se transfirió a la TESOFE para el pago de...
Patrón e intermediario serán responsables solidarios del régimen obligatorio del seguro social cuando contraten trabajadores

Patrón e intermediario serán responsables solidarios del régimen obligatorio del seguro social cuando contraten trabajadores

Así lo determinaron los ministros al negar el amparo a una empresa. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que cuando en la contratación de trabajadores para un patrón participe un intermediario, cualquiera que sea la denominación que asume éste o aquél, ambos serán responsables solidarios para efectos del Seguro Social. Por tal razón, los ministros estimaron la constitucionalidad de los artículos 5-A, fracción VII y 15-A de la Ley del Seguro Social, vigentes en 2009, en virtud de que la expresión: y los demás que se establezcan en esta ley, guarda una clara relación con los diversos sujetos obligados previstos por la ley para efectos del Seguro Social. Y, por lo mismo, señalaron, de ninguna manera puede considerarse una expresión ambigua o indeterminada, y menos que otorgue a la autoridad facultades discrecionales para determinar quiénes son los sujetos obligados, con lo cual no vulnera la garantía constitucional de legalidad. Así lo resolvió la Sala al negar el amparo a una empresa que impugnó la constitucionalidad de los citados artículos de la Ley del Seguro Social, ya que, adujo, son contrarios a lo que establece la Carta Magna. Los ministros indicaron que no se vulneran las garantías de legalidad y seguridad jurídica, toda vez que en ellos no sólo se contiene una serie de definiciones de figuras jurídicas reguladas en la Ley del Seguro Social, particularmente por lo que se refiere a los sujetos obligados, sino que también explica distintas hipótesis en el ámbito de las relaciones laborales, concretamente la contratación de trabajadores a través de intermediarios, y las consecuencia jurídicas que...